Equipos de Protección Individual para Trabajos en Condiciones de Frío y Humedad: Normativa Aplicable

De Construmatica

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En este artículo haremos un repaso sobre la normativa aplicable a las distintas prendas que protegen frente a condiciones ambientales adversas tales como frío, lluvia y viento.

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Ropa de protección contra el frío y contra la lluvia

La protección del cuerpo frente al frío no puede ser atribuida a una única prenda, sino a un conjunto de prendas que proporcionan un aislamiento suficiente para impedir que el cuerpo pierda calor más rápidamente de lo que lo genera en unas condiciones definidas de temperatura ambiente, humedad relativa, velocidad del viento, nivel de actividad física y tiempo de exposición a las bajas temperaturas.

En lo referente a la ropa de protección contra el frío nos encontramos con dos normas que difieren esencialmente en el rango de temperaturas que cubren:

  • UNE-EN 14058:2004 – Destinada a la protección contra el frío en el intervalo de temperaturas que va de 10 ºC a -5 ºC.
  • UNE-EN 342:2004 – Destinada a la protección contra el frío para temperaturas desde -5 ºC hasta -50 ºC.


La ropa de protección contra el frío ha de cumplir con una serie de requisitos que determinan su capacidad para impedir la pérdida de calor corporal. En el caso de la UNE-EN 14058 la propiedad que mide esta capacidad es la resistencia térmica (Rct), característica de los materiales de la ropa de protección que determina el flujo de calor a través de una superficie. Cuanto mayor sea el valor de esta magnitud, mayor será el aislamiento térmico del material y por tanto, mayor su capacidad para evitar la pérdida de calor corporal. En la UNE-EN 14058 se establecen tres niveles de prestación para esta propiedad. Adicionalmente, la ropa de protección según UNE-EN 14058 puede ser ensayada para medir el aislamiento térmico efectivo resultante (Icler) del conjunto de la ropa. Al igual que para la resistencia térmica, cuanto mayor sea el valor de Icler, mayor capacidad de aislamiento tendrá la prenda. La UNE-EN 14058 establece un valor mínimo de Icler de 0,170 m2K/W.

En la UNE-EN 342 el aislamiento térmico efectivo resultante es también la propiedad que mide la capacidad de la ropa para evitar la pérdida de calor corporal, el valor mínimo de Icler que se establece en esta norma es de 0,310 m2K/W. Comprobamos que como era de esperar la ropa según la UNE-EN 342 tiene mejores cualidades protectoras contra el frío que la ropa según la UNE-EN 14058.

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El viento es un factor que influye en la velocidad con que el cuerpo pierde calor. Para una misma temperatura ambiente, la velocidad con que el cuerpo pierde calor será mayor cuanto mayor sea la velocidad del viento, por lo tanto para una temperatura ambiente constante tendremos distintas temperaturas equivalentes para velocidades del viento diferentes.

Tanto la UNE-EN 14058 como la UNE-EN 342 pueden incorporar un requisito adicional de permeabilidad al aire. Por todo lo dicho más arriba, la permeabilidad al aire (AP) de la capa externa cobra una gran importancia en la protección del usuario frente al frío.

La presencia de humedad reduce significativamente el aislamiento. Las dos normas dan la posibilidad de ensayar la ropa de protección contra el frío para determinar la resistencia a la penetración de agua (WP). Se definen dos niveles de prestación que son iguales en ambas normas. Cuando se requiere que la ropa tenga cierta resistencia a la penetración de agua, se requiere que la combinación de las capas de la prenda tenga una resistencia al vapor (Ret) de agua menor de 55 m2Pa/W.

En la Tabla 2 vemos un resumen de los requisitos que se recogen en la UNE-EN 14058 y la UNE-EN 342

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En cuanto a la ropa de protección contra la lluvia, la norma que define los requisitos de este tipo de EPI es la UNE-EN 343:2004. En esta norma, al contrario de lo que sucede en las dos anteriores de las que ya hemos tratado más arriba, no se definen requisitos para propiedades relacionadas con el aislamiento térmico, ni con la permeabilidad al aire. La UNE-EN 343:2004 se centra en requisitos para la impermeabilidad al agua y para la resistencia al vapor de agua. En la tabla 3 vemos un resumen de los requisitos de esta norma.

Guantes de protección contra el frío

Para la protección de las manos, la UNE-EN 511:2006 especifica los niveles de prestación que deben cumplir los guantes protectores contra el frío convectivo y conductivo hasta -50 ºC.

Estos guantes se ensayan para determinar sus propiedades frente al frío convectivo y para el frío de contacto, definiéndose cuatro niveles de prestación (de 1 a 4, siendo el nivel de prestación 4 superior al 1) para cada uno de los requisitos.

Además de estos requisitos que relacionados con las propiedades de aislamiento térmico, los guantes de protección contra el frío según UNE-EN 511 se ensayarán para determinar su comportamiento frente a la penetración de agua. Se establecen dos niveles de prestación:

Nivel 1: indica que el guante superó el ensayo que se especifica en la UNE-EN 511.

Nivel 0: indica que no se superó el ensayo, el fabricante debe informar de que el guante puede perder sus propiedades si se moja.

Calzado contra el frío

El calzado de seguridad, de protección y de trabajo, conforme a la norma UNE-EN ISO 20345, 20346 y 20347 respectivamente, puede incorporar adicionalmente a los requisitos básicos el aislamiento frente al frío del piso completo. Este requisito adicional puede aplicarse tanto al calzado de clasificación I (calzado de cuero), como al de clasificación II (calzado polimérico). Esta característica se ha de marcar con el símbolo CI, siempre y cuando no esté incluida ya en la categoría del calzado.

Además de la protección contra el frío, el calzado de seguridad, de protección y de trabajo puede ofrecer resistencia a la penetración de agua a dos niveles.

  • Resistencia al agua. Este ensayo se realiza al calzado completo para penetración de agua, no debiendo producirse penetración antes de 15 min. El marcado correspondiente a esta característica es WR.
  • Penetración y absorción de agua. Esta propiedad evalúa el comportamiento en lo referente a la absorción de agua del material del corte del calzado. Su marcado correspondiente es WRU.


Estos dos requisitos adicionales para el calzado de seguridad, protección y trabajo son aplicables únicamente al calzado de clasificación II, es decir calzado todo caucho o todo polimérico.

Comportamiento de los EPI frente al frío

Aunque este artículo se centra en los EPI destinados a la protección contra el frío, no debemos olvidar que los efectos de las bajas temperaturas no se limitan únicamente a la pérdida de calor corporal, sino que afectan también directamente a las propiedades mecánicas de los materiales constituyentes de los EPI. Este factor también deberá tenerse presente cuando los EPI sean usados en condiciones de muy bajas temperaturas.

  • Protección de la cabeza. La mayoría de las normas que cubren EPI destinados a la protección de la cabeza incorporan un requisito adicional de comportamiento a muy baja temperatura:
  • UNE-EN 397:1995 – Cascos de protección para la industria. Los cascos de protección para la industria pueden ser sometidos, opcionalmente, a los ensayos de absorción de impacto y resistencia a la perforación a una temperatura de -20 o -30 ºC. Este hecho debe reflejarse en el marcado del casco.
  • UNE-EN 443:1998 – Cascos para bomberos. Los cascos de protección para bomberos pueden ser sometidos de forma adicional a los ensayos de absorción de impacto, resistencia a objetos cortantes y rigidez mecánica a -20, -30 o -40 ºC. Esto quedará reflejado tanto el marcado del casco como en las instrucciones del fabricante del siguiente modo: ** para -20ºC, *** para -30 ºC y ****para -40 ºC.
  • UNE-EN 14058:2006 – Cascos de altas prestaciones para la industria. Los cascos de protección de altas prestaciones para la industria pueden ser sometidos, opcionalmente, a los ensayos de absorción de impacto y resistencia a la perforación a una temperatura de -20, -30 o -40 ºC. Este hecho debe reflejarse en el marcado del casco y en la información suministrada por el fabricante.
  • Protección ocular y facial. Los protectores oculares según la norma UNE-EN 166:2002 pueden someterse de forma opcional a un ensayo de impacto de partículas a gran velocidad a temperaturas extremas (55 ºC y -5 ºC). Esta protección se marcará como AT, BT o FT dependiendo de si el impacto es a alta, media o baja energía.
  • Ropa de protección. La ropa de protección contra los productos químicos según normas UNE-EN 943-1:2003 (trajes Tipo 1 y Tipo 2), UNE-EN 943-2:2003 (trajes Tipo 1 ET), UNE-EN 14605:2005 (trajes Tipo 3 y Tipo 4). Pueden someterse opcionalmente a un ensayo de resistencia al agrietamiento por flexión a -30 ºC.
  • Protección de las manos. Los guantes de protección contra el frío según UNE-EN 511:2006 que estén destinados para su uso a temperaturas inferiores a -30 ºC han de ser sometido a un ensayo para determinar su resistencia a la flexión a una temperatura de -50 ºC.
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